Jean-Jacques Rousseau, fue un filósofo francés siendo
uno de los más relevantes pensadores
de Europa en el siglo XVIII, su discurso fue fundamental para el desarrollo del
siguiente movimiento ilustrado y de
la Revolución Francesa.
Se definió como ilustrado a pesar de las profundas contradicciones
que lo dividieron de los más destacados exponentes
de la ilustración.
¿Cuál
es el legado de Jean-Jacques Rousseau para la filosofía?
Su legado está dividido
en dos categorías:
En lo literario; a raíz del enfrentamiento que tuvo con la iglesia
católica por sus doctrinas polémicas, y por otra parte el alejamiento de
enciclopedistas de la época, su estilo literario dio un cambio.
Tanto
sus obras autobiográficas y de su
yo, le dieron una variación a la literatura
europea, de tal manera que ha sido considerado uno de los precursores del romanticismo. Sus obras más influyentes de esa época fueron Julia o la Nueva Eloísa
del año 1761 y Emilio o De la Educación en el año 1762.
Transformado esas ideas
sobre los vínculos familiares. Otras obras de relevancia fueron el Discurso y el Contrato Social, el cual
manifiesta el como se originó la desigualdad entre la humanidad.
En lo político y social; Rousseau,
realizó uno de los trabajos con más importancia en la época de la ilustración mediante su Contrato Social y permitió el
surgimiento de una política innovada,
dicha política se basaba en volonté générale y en el pueblo como soberano.
Alli expone que un gobierno
legal es regido por un estado republicano, donde el pueblo en general
legisle independiente de la forma de gobierno bien sea una aristocracia o una monarquía
la cual no afecta la ecuanimidad del estado.
¿Qué
caracteriza el modelo político de Rousseau?
El modelo político de Rousseau en El
Contrato Social tiene como
característica la voluntad general; esta se diferencia de la voluntad de todos por
el carácter universalistas y su factor normativo.
En sí, no es una voluntad
cualitativa, solo se forma en una cualificación
moral, por lo cual se requiere que los hombres actúen de acuerdo a los intereses universalistas.
Después de haberse formado esta voluntad el mandato es inapelable,
ya que lo que persigue es el interés colectivo el cual no es distinto del
interés singular, es decir, que, si alguno de los asociados intenta hacer
resistencia a la voluntad en general, este se verá obligado por el cuerpo
social a acatarse a las órdenes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario